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DEBATE MIGRATORIO E INSEGURIDAD CIUDADANA

Por Marcelo H. Echevarría

Agradezco a Jorge Fontevecchia, CEO de Editorial Perfil y a la corrdinadora de columnistas Patricia Merigo por la publicación de esta columna de opinión.

Un nuevo debate comenzó en la Argentina, teniendo como eje el tema de la inseguridad.

El gobierno anterior vía Decreto de Necesidad y Urgencia -DNU- instrumentó un “Procedimiento Migratorio Especial Sumarísimo” cuyo objetivo era agilizar la expulsión de extranjeros que ingresan a nuestro país con la finalidad de delinquir, prohibiendo, a su vez, el ingreso de inmigrantes con antecedentes – tanto en Argentina como en el exterior- por delitos que merezcan penas privativas de la libertad.

Organismos de Derechos Humanos cuestionaron judicialmente este DNU por inconstitucional, encontrándose el mismo a la espera de una decisión por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Entiendo que tenemos que diferenciar dos aspectos, siendo el primero de ellos el tema de forma, tal lo constituye la constitucionalidad -actualmente cuestionada- respecto del instrumento legal que se adoptó en su oportunidad para otorgar el marco jurídico a esta decisión política (el “DNU”), mientras que el segundo tema es el de fondo, el cual se circunscribirá respecto de la procedencia o improcedencia de la expulsión del extranjero que delinque o el endurecimiento de los controles de inmigrantes con antecedentes penales.

Respecto al tema de fondo, sea con la eventual constitucionalidad del DNU que pueda o no decretarse a futuro, o por una modificación de la ley vigente que se analice en la órbita del Poder Legislativo Nacional, estimo necesario establecer una limitación legal que impida a todo ciudadano extranjero elegir a nuestro país para delinquir especulando con la laxitud de la ley vigente.

El puntapié inicial de esta iniciativa lo tuvo el actual Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Sergio Berni, quien en mi opinión muy acertada y atinadamente, en el mes de agosto de 2014 instaló este tema a debate en atención a los altos índices delictivos en donde los autores eran ciudadanos extranjeros, cuando en ese entonces se encontraba a cargo de la Secretaría de Seguridad de la Nación .

Legislar en esta temática a mi criterio no resultaría xenófobo, discriminante como tampoco atentatorio contra el derecho de los migrantes, sino que obedecería a una política preventiva de seguridad nacional, preservando los intereses del ciudadano y sus derechos fundamentales constitucionalmente protegidos.

El Catedrático y ex Magistrado Nacional, Profesor Edgardo Donna en la presentación del libro titulado “El Derecho Constitucional a la Seguridad” de Josef Isensee sostuvo que: “El delito no es otra cosa que la destrucción de la independencia del sujeto, de su autonomía. Es la destrucción de la posibilidad de libertad del sujeto, la destrucción de la persona como persona” .

En línea con lo antedicho, recientemente, en diciembre pasado, se publicó una noticia de alto impacto mundial, dando cuenta que un ciudadano inglés fue asesinado frente un Hotel de Puerto Madero. La banda delictiva estaba integrada en su mayoría por ciudadanos venezolanos .

El presunto autor material del asesinato habría ingresado al país de manera ilegal, con el objetivo de delinquir, días antes de haber cometido el asesinato .
¿Podríamos comparar la finalidad delictiva perseguida por el mencionado ciudadano extranjero al ingresar al país– en el ejemplo antedicho de nacionalidad venezolana- con la de otro de su propia tierra que ingresó a la Argentina pero con un ideal de superación y que se esfuerza diez horas por día trabajando, estudiando y procurando un bienestar para él y su familia mediante un empleo digno, un oficio o profesión?

La respuesta a ese interrogante será el punto de inflexión para la posterior decisión que se adoptará sobre este tema de alto impacto social y políticamente sensible.