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EMPRESAS EN CRISIS – FUNDAMENTOS ACERCA DE LA NECESIDAD DE UNA MORATORIA IMPOSITIVA Y PREVISIONAL –

Agradezco a www.iprofesional.com y al editor de la sección impuestos de dicho portal Sr. Hernan Gilardo la publicación del artículo citado

Agradezco a www.misionesopina.com.ar y a su director Luis Huls por publicación del artículo precedente

Agradezco nueva mención en www.iprofesional.com en nota publicada por Hernán Gilardo

Agradezco nueva mención de esta publicación en www.iprofesional.com de fecha 15 de abril de 2019.

Agradezco nueva mención de este artículo en www.iprofesional.com de fecha 16 de abril de 2019.

Agradezco nueva mención de este artículo en www.iprofesional.com de fecha 5 de mayo de 2019

Agradezco a “El Aconquija” de Tucumán por mención de este artículo en publicación del día 29 de abril de 2019

 

Por Marcelo H. Echevarría (1)

El sector empresario se encuentra seriamente afectado por la actual crisis recesiva.

A eso se le suma la alarmante suba de los costos fijos y variables que los empresarios deben afrontar para el mantenimiento de una empresa en funcionamiento, agravado con la caída de ventas y/o de la producción.

Los conflictos laborales van en ascenso como de igual manera la cantidad de presentaciones de concursos preventivos o procedimientos preventivos de crisis los cuales éstos trascienden a pequeñas y medianas empresas llegando a las grandes o multinacionales.

En este marco, el Gobierno anunció una medida tendiente a favorecer a las PYMES otorgando créditos de 100.000 millones de pesos a tasa preferencial.

A nuestro criterio es muy bienvenida esa iniciativa que, por cierto, beneficia y mucho a algunas empresas pymes que accedan a estas líneas crediticias, pero lo cierto es que lo antedicho constituye un paliativo y no la solución del tema de fondo.

El tema de fondo – a nuestro criterio- se encuentra en la enorme presión tributaria.

A ello se le adiciona que, si no se ingresó al Organismo el depósito del importe devengado en concepto de tributos de manera previa a su vencimiento, automáticamente la AFIP genera una boleta de deuda y procede a ejecutarla, no sólo persiguiendo los intereses resarcitorios y punitorios sino, además, los honorarios de los agentes judiciales que intervienen en el litigio.

Por supuesto que lo citado va acompañado de medidas cautelares (embargos en las cuentas bancarias, entre otras), circunstancias éstas que no hacen más que asfixiar al ya agonizante sector comercial, productivo y de servicios.

Ello siempre que no promuevan denuncia penal por no depositar en término los aportes de los empleados.

Ante este escenario entendemos que lo que hoy beneficiaría a todo empresario sería la implementación por ley nacional de una amplísima moratoria impositiva y previsional, la cual facilite acogerse a un plan de facilidades de pagos que haga posible a todo el universo de contribuyentes la regularización de todas las deudas contraídas, -tanto las deudas corrientes como las históricas-, la cual debería contemplar (y por ello debería ser sancionada por el Congreso Nacional) una condonación de intereses.

El buen contribuyente desea abonar en término sus obligaciones impositivas y previsionales a fin de no tener que lidiar con la AFIP, toda vez que ello le genera una incómoda situación con un sinnúmero de gastos adicionales que debe afrontar ante un requerimiento del organismo recaudador, como de igual manera un juicio de ejecución fiscal (intereses, honorarios contables, legales -tanto de su propia representación como los de la contraria-, entre otros).

Por dicha razón, entre muchas otras, no compartimos las opiniones dando cuenta que los empresarios se financian no abonando a la AFIP, especulando con el argumento que los intereses que cobra el Organismo son menores a los que deben abonar en las entidades bancarias.

En un contexto de crisis como el actual, hay veces que, ante la falta de liquidez, se debe optar por abonar a la AFIP o abonar los sueldos de los empleados o los servicios de primera necesidad para que la empresa siga en marcha.

La implementación de una nueva moratoria de amplio alcance nos parece una medida muy positiva para la oxigenación de las empresas, toda vez que favorecerá la recaudación y morigerará la actual situación irregular que mantienen ante el Organismo una importante  cantidad de contribuyentes, ya sea por deudas pendientes de ingreso o la caída de planes de pagos por imposibilidad material de afrontarlos.

Ante esta realidad, una moratoria impositiva y previsional pondrá fin a innumerables juicios de ejecución fiscal actualmente en trámite permitiendo de esta manera sanear toda la deuda histórica y corriente que muchos contribuyentes mantienen con el Fisco Nacional.

Complementariamente a lo citado, sería muy bienvenida una medida que suspenda transitoriamente los juicios que mantiene la AFIP con los contribuyentes por deudas impositivas y previsionales como antesala a lo arriba expuesto.

(1) Abogado. Especialista en Derecho Penal (UB). Autor e investigador en Argentina y en España.