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PROPUESTA DE NO EXCARCELACIÓN PARA SUJETOS QUE DELINQUEN BAJO MODALIDAD MOTOCHORROS

Por Marcelo H. Echevarría (1)

Agradezco a Misiones Opina y a su Director Luis Huls publicación de este artículo,

La inseguridad ciudadana que padece la gente de bien al salir de sus casas ante un eventual ataque bajo modalidad motochorros, creció en estos últimos tiempos causando alarma a las autoridades políticas como a las encargadas de la prevención de ilícitos.

Leyendo artículos periodísticos, es terrible el impacto negativo que generó en la ciudadanía como, asimismo, el rechazo y el descrédito al sistema de justicia, la resolución judicial mediante la cual por $700 y una probation se liberó a un motochorro colombiano que no hace un mes se encontraba en nuestro País, tal lo que el prestigioso periodista Luis Novaresio denominó en su imperdible artículo “Hacete Motochorro. Es barato” o lo informado en diversos medios periodísticos y redes sociales por el importantísimo empresario argentino, abogado y periodista Daniel Haddad (fundador y CEO de www.infobae.com) al respecto.

Ante esto, es evidente que debemos peticionar a nuestras autoridades legislativas para que nos brinden una solución a fin de erradicar (o al menos morigerar) este flagelo que eleva bruscamente la estadística de inseguridad que padecemos, amén de ello conspirar contra la calidad de vida de los habitantes de bien.

Y lo que propondré seguidamente, lejos se encuentra en el endurecimiento de las sanciones penales por los delitos cometidos por estos delincuentes, ya sea en grado de tentativa o consumación sino, contrariamente, que el enérgico repudio social a esta modalidad delictiva se la plasme en una decisión de índole político – criminal tendiendo a la urgente modificación legislativa a fin que los ataques bajo modalidad “motochorros” no permitan la excarcelación de sus autores y cómplices al ser detenidos “in fraganti”.

Como no quisiera incurrir en tecnicismos, si bien es cierto que restringir la libertad a un individuo sin condena previa a partir del fallo plenario “Diaz Bessone” sólo puede ser por dos causales, siendo éstas a) Peligro de Fuga y 2) Entorpecimiento de la investigación, también lo es que el peligro que representa ese individuo ante la sociedad amerita la imposición de esta medida cautelar durante todo el proceso en caso de ser reducido por las fuerzas del orden.

El “ataque” bajo modalidad motochorros (aludo al término “ataque” deliberadamente a fin de generalizar a todos los delitos cometidos con una moto, sea desde el robo de celular, una cartera o su tentativa hasta una salidera bancaria) representa un peligro social por la metodología utilizada (moto), aún más agravado ante la existencia de armas.

La moto constituye el medio más idóneo para lograr el escape una vez consumado el delito, toda vez que posee mayor poder de reacción que un rodado, lo cual facilita enormemente la fuga, logrando la posterior impunidad ante el hecho delictivo consumado.

No es ajeno a la opinión pública la reincidencia existente de individuos que son detenidos ante una tentativa o consumación de un ilícito bajo la modalidad motochorros y, aun logrando su libertad estando bajo proceso penal, reiteradamente vuelven a delinquir en idéntica modalidad.

Y esta modalidad delictiva, -reitero causal de inseguridad para toda la sociedad y que va en incremento exponencial-, sólo puede ser neutralizada con una política criminal que se encuentre acorde a la realidad social en que vivimos.

No es ilógico pensar que proliferan los ataques de motochorros ante la existencia de una ley laxa, la cual me permito afirmar que el delincuente la conoce mejor que cualquiera de nosotros y más aún, no es ajeno ni remotamente a todos los resquicios legales a utilizar a fin de morigerar su eventual sanción en caso de ser detenido.

Por eso, si a través de la ley penal se incrementan las medidas preventivas (en este caso la no excarcelación de los autores y cómplices detenidos “in fraganti” ante un ataque bajo modalidad motochorros por implicar un alto riesgo procesal como también social) para que todo ciudadano pueda transitar medianamente tranquilo por las calles de su Ciudad, esa medida desalentará esta metodología delictiva, sin necesidad de aumentar las escalas penales de los delitos que pudieron ser perpetrados, ya sea en grado de tentativa o consumación.

Por último, no soy ajeno a la sensibilidad de esta temática y a los fundamentos técnicos que, ya sea a favor o en contra, pueda aparejar esta opinión.

Pero lo cierto es que el legislador debe bregar a través de decisiones concretas de política criminal, por lo que la ciudadanía solicita constantemente, tal es su derecho a la seguridad o lo que es igual de trascendente, procurar que no salga a la calle temerosa o vivir con pánico exaltándose ante el paso de una moto que transita por la Ciudad.

  1. Abogado (UBA) – Especialista en Derecho Penal (UB)- Autor e Investigador de Derecho Penal en Argentina y en España- Socio de la Fundación Internacional de Ciencias Penales (España)-